Permanencia y promoción

La evaluación y calificación del alumno se realizará en convocatoria ordinaria en el mes de junio, y en extraordinaria en el mes de septiembre para aquellas asignaturas no superadas.

El límite de permanencia en el grado profesional será de ocho años, sin que, en ningún caso, los alumnos puedan permanecer más de dos años en el mismo curso, excepto en 6º curso, hasta completar el límite de permanencia. La conselleria competente en materia de educación podrá autorizar, con carácter excepcional, que determinados alumnos puedan ampliar un año más el límite de permanencia en supuestos de enfermedad grave u otras circunstancias que merezcan similar consideración y que impidan el normal desarrollo de los estudios.

Los alumnos promocionarán de curso cuando hayan superado la totalidad de las asignaturas de cada curso o tengan evaluación negativa como máximo en dos asignaturas.

En el supuesto de asignaturas pendientes referidas a práctica instrumental o vocal, la recuperación de la asignatura deberá realizarse en la clase del curso siguiente, si ésta forma parte del mismo. En el resto de los casos, los alumnos deberán asistir a las clases de la asignatura no superada en el curso anterior.

La calificación negativa en tres o más asignaturas de uno o varios cursos impedirá la promoción de un alumno al curso siguiente.

Los alumnos que al término del 6º curso tuvieran pendientes de evaluación positiva tres asignaturas o más deberán repetir el curso en su totalidad. Cuando la calificación negativa se produzca en una o dos asignaturas, solo será preceptivo cursar las asignaturas pendientes.